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Preguntas frequentes |
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- ¿Qué tipo de deudas recaudáis?
a. Cobramos deudas de empresas y de particulares, en España, Reino Unido, Holanda, Francia, Alemania y a lo largo de la mayoría de los países del Oeste y Este de Europa.
- ¿Qué tipo de deudas no recaudáis?
a. No embargamos propiedades ni vehículos, ni desahuciamos inquilinos.
- ¿Cuánto cobráis de comisión?
a. Ver “comisión y servicios” en la sección correspondiente de la página.
- La persona que me debe dinero, ya no vive en España, ¿me podéis ayudar?
a. Si, cubrimos el Oeste y el Este de Europa, ver pregunta número 2.
- No tengo ningún tipo de documentación ni contrato de préstamo, ¿me podéis ayudar?
a. Si, actuamos antes de la necesidad de abogados y podemos emprender el proceso de recobro sin necesidad de documentación firmada.
- ¿Qué antigüedad puede tener la deuda?
a. Normalmente reclamamos deudas en las cuales, el último contacto con el deudor es inferior a 3 años. Si tienes una deuda con mayor antigüedad, contáctanos para aconsejarte.
- ¿Hay una cantidad mínima o máxima de deuda que podáis reclamar?
a. No hay cantidad máxima. La cantidad mínima a reclamar son 500 €.
- ¿Ofrecéis alguna garantía en el recobro de mi deuda?
a. No garantizamos el recobro, pero ver la sección “comisiones y servicios”; no arriesgas nada en pedirnos que actuemos en su nombre.
- Tengo varias deudas de pequeñas cantidades. ¿Me podéis ayudar?
a. Si, por favor ver la sección”comisión y servicios” de esta página web. Existe un servicio corporativo que se hace a su medida.
- ¿Tengo que hablar con mi deudor o enfrentarme a él cara a cara?
a. No, nosotros lo haremos por usted. Actuamos de intermediarios entre usted y su deudor. Realizaremos todo tipo de contactos.
- ¿Son sus comisiones negociables?
a. Por favor, ver la sección “comisión y servicios” de esta página web. Puede elegir la opción que más le convenga.
- ¿Si usted reclama la deuda, cómo la cobro yo?
a. Pedimos al deudor que pague la deuda directamente a su cuenta bancaria.
- ¿Qué información necesita de mí para reclamar la deuda?
a. Nombre completo/datos de la compañía del deudor, más cualquier dirección del mismo que tenga. NIF, NIE, pasaporte… si lo conoce. Cualquier teléfono o dirección de correo (ordinario, electrónico…) Total de la deuda, fecha de la misma y como se produjo. (Son de ayuda las copias de facturas). Datos de su cuenta bancaria (pedimos al deudor que le pague a usted directamente, no a nosotros…) Cualquier otra información que usted crea relevante. Por ejemplo, idioma más conveniente en el que comunicarnos con el deudor.
- ¿He emprendido acciones judiciales, podéis ayudarme?
a. Depende de qué tipo de acción judicial y del progreso de la misma, contáctenos para discutirlo.
- ¿Cómo sé del progreso del recaudo? ¿Cómo me entero del progreso del recaudo?
a. Le enviamos un resumen actualizado al final de cada mes.
- ¿Cuánto tiempo dura vuestro proceso del recaudo?
a. Normalmente, llevamos un caso durante un periodo inicial de tres meses; después de ese periodo, según lo encontrado, acordaremos los próximos pasos a seguir con usted.
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